BANCOS Y CASINOS DE JUEGO CONCENTRARON EL 69% DE LAS MULTAS UAF EN 2020

Mayoría de multas aplicadas el año pasado por la Unidad de Análisis Financiero fueron por incumplimientos detectados durante las fiscalizaciones que realiza el Servicio, y por el no envío oportuno del Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS).

En 2020, la Unidad de Análisis Financiero (UAF) aplicó sanciones administrativas a 48 personas naturales y jurídicas supervisadas, por infringir las obligaciones legales para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, contenidas en la Ley N°19.913 y en las Circulares UAF[1].

Según las estadísticas del Servicio, de los 48 procesos que recibieron sanciones el año pasado, 2 terminaron con amonestación escrita y 46, con multas a beneficio fiscal por un total de UF 6.330 (unos $184 millones, con el valor de la UF al 31 de diciembre de 2020).  A esto se suman 1 proceso absuelto y 9 archivados. Con ello, en 2020, la UAF cerró 58 procesos que estaban en curso.

Al analizar las sanciones ejecutoriadas[2] por actividad económica se observa que 2 sectores concentraron el 69% del total de multas: 5 casinos de juego sumaron UF 1.960 y 3 bancos, UF 2.400.

Respecto del origen de las multas, 39 fueron por diversos incumplimientos detectados durante las fiscalizaciones que realiza la UAF (por un total de UF 3.840), 3 por el no envío oportuno del Reporte de Operaciones Sospechosas (UF 2.400), 5 por el no envío (o el envío fuera de plazo) del Reporte de Operaciones en Efectivo (ROE) sobre USD 10.000, que es obligatorio y que se debe remitir a la UAF mensual, trimestral o semestralmente, dependiendo de la actividad económica de la que se trate (UF 50) y 1 por no haber registrado un oficial de cumplimiento responsable de relacionarse con la UAF (UF 20).

Cabe destacar que, debido a las restricciones de movilidad por la pandemia de COVID-19, la UAF tuvo que suspender la tramitación de un número importante de procesos sancionatorios durante el 2020, dada la imposibilidad de notificar a los sujetos obligados en forma presencial, tal como lo establece la Ley. Por tanto, dichos procesos permanecen abiertos.

La UAF planifica y realiza procesos de supervisión (en terreno o monitoreo remoto) sobre la base de los riesgos al lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo a los que se exponen las 38 actividades económicas que, por Ley, son sujetos obligados. El objetivo de dichas fiscalizaciones no es solo verificar el cumplimiento técnico de la normativa antilavado, sino también la efectividad que están teniendo los sistemas preventivos para evitar la mala utilización del sector privado para la comisión de delitos.

En 2020, la UAF realizó 224 acciones de supervisión a través de monitoreo remoto, las que se concentraron en 16 sectores económicos de 31 comunas de 12 regiones del país[3].

Cuando la UAF detecta incumplimientos de las obligaciones legales establecidas en la Ley N°19.913 y en las Circulares UAF, inicia procesos sancionatorios administrativos que pueden terminar con amonestaciones y multas a beneficio fiscal.

En 2020, la UAF inició 62 procesos sancionatorios administrativos[4] a personas naturales o jurídicas del sector privado, una cifra menor a la de años anteriores, producto de la pandemia de COVID-19 y el consiguiente cierre a público de diversos establecimientos y el confinamiento de las personas por periodos prolongados.

 


[1] La Ley N°19.913, artículos 19 y 20, detalla las infracciones y sus respectivas sanciones, aplicables a las personas naturales y jurídicas de las actividades descritas en el artículo 3°, inciso primero, de la citada Ley.

[2] El detalle de las respectivas resoluciones ejecutoriadas puede revisarse en el Menú NOTICIAS Y CAPACITACIÓN del sitio www.uaf.cl, sección SANCIONES EJECUTORIADAS.

[3] Detalle de los sectores fiscalizados en Informe Estadístico UAF 2020, disponible en https://www.uaf.cl/prensa/estadisticas.aspx

[4] Detalle de los procesos sancionatorios iniciados en Informe Estadístico UAF 2020, disponible en https://www.uaf.cl/prensa/estadisticas.aspx