UAF Y SCJ EVALÚAN COMPROMISOS DE PLAN DE ACCIÓN 2018-2020 DE ESTRATEGIA NACIONAL ALA/CFT, DE CARA A LA EVALUACIÓN MUTUA CHILE-GAFILAT

En el encuentro se destacó el avance del proyecto que hace efectiva la prohibición de operar juegos de azar fuera de los casos permitidos por la Ley (Boletín 12179-06), que agrega como delito base de lavado de activos el establecido en el artículo 277 del Código Penal.

Con el objetivo de revisar los compromisos asumidos por la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) en el Plan de Acción 2018-2020 de la Estrategia Nacional para Prevenir y Combatir el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (LA/FT), se reunieron la tarde del jueves representantes de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) con un equipo del organismo fiscalizador.

Al encuentro, realizado en dependencias de la SCJ, asistieron Rodrigo Márquez y Tomás Koch, jefes de las divisiones Jurídica y de Fiscalización y Cumplimiento, respectivamente; María Paz Ramírez, jefa del área de Difusión y Estudios, y Nicole Duffau, analista de Asuntos Internaciones. Por la SCJ, en tanto, participaron Manuel Zárate y  Marco Antonio Cáceres, jefes de las divisiones Jurídica y de Fiscalización, respectivamente; Patricio Cerda, jefe de la Unidad de Tecnología y Desarrollo de Procesos, y el abogado Guillermo Schultz.

Entre los temas abordados se destacó la importancia de poder actualizar la Circular conjunta N°50 de la UAF y N°57 de la SCJ, de agosto de 2014, y la posibilidad de agregar como delito base de lavado de activos el establecido en el artículo 277 del Código Penal, a través del proyecto que se tramita en el Senado, que hace efectiva la prohibición de operar juegos de azar fuera de los casos permitidos por la ley (Boletín 12179-06).

La iniciativa reemplaza el actual artículo 277 del Código Penal (“Los banqueros, dueños, administradores o agentes de casas de juego de suerte, envite o azar, serán castigados con reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales”) por “El que sin contar con la correspondiente autorización desarrollare actividades que en virtud de la Ley N° 19.995 que establece las bases generales para la autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego, estuvieren reservadas a un operador de casinos de juego, será sancionado con reclusión menor en sus grados medio a máximo, y multa de once a doscientas unidades tributarias mensuales".

Asimismo, se abordó el tema de las fiscalizaciones conjuntas UAF-SCJ y el rol que jugará la SCJ durante el proceso de Evaluación Mutua Chile-Gafilat que se iniciará formalmente en mayo, cuando una delegación de expertos aterrice en el país para realizar una visita de pre evaluación.